La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha implementado nuevas disposiciones para asegurar la continuidad de los servicios digitales de las entidades financieras. Según la Resolución N.º 00814-2025, las entidades deben reanudar sus servicios en un plazo de tres a cinco horas tras una interrupción. Esta medida busca mejorar la resiliencia operativa y mitigar el impacto de las interrupciones en los usuarios y en la reputación de las empresas. Los servicios prioritarios incluyen transferencias y pagos, y las entidades deben realizar pruebas anuales para verificar el cumplimiento de estos tiempos.
La SBS exige a entidades financieras reanudar servicios en 3 a 5 horas tras interrupciones.
- Las entidades deben reanudar servicios en 3 a 5 horas tras interrupciones.
- Servicios prioritarios incluyen transferencias y pagos a proveedores.
- Entidades con alta concentración de mercado tienen un límite de 3 horas.
- Se requieren pruebas anuales para verificar cumplimiento de tiempos.
- Las entidades deben informar a usuarios sobre canales alternativos.
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