El Gobierno nacional ha actualizado el régimen de liquidación de inmuebles del Estado, permitiendo que entidades bancarias públicas participen en tasaciones y subastas. Esta modificación, publicada en el Boletín Oficial mediante el decreto 176/2025, establece que el canon base será fijado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación o entidades bancarias. Además, se autoriza a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a disponer y enajenar bienes inmuebles, con ciertas condiciones para la venta directa.
El Gobierno modificó el régimen de liquidación de inmuebles, permitiendo la intervención de bancos públicos.
- Las entidades bancarias públicas pueden intervenir en tasaciones y subastas.
- El canon base será establecido por el Tribunal de Tasaciones o entidades bancarias.
- La Agencia de Administración de Bienes del Estado debe autorizar la enajenación de inmuebles.
- Se permite la venta directa bajo ciertas condiciones específicas.
Deja un comentario
Lo siento, tenés que estar conectado para publicar un comentario.