En México, la instalación de micrófonos y dispositivos de vigilancia en el trabajo está regulada por la legislación vigente que busca proteger la privacidad de los empleados. Se requiere el consentimiento explícito de los trabajadores y su uso debe ser justificado y proporcional a las necesidades de supervisión. La grabación en espacios comunes está prohibida, excepto en casos en que se justifique la seguridad. La Ley Federal del Trabajo y el INAI establecen condiciones claras para su uso en el teletrabajo y en modalidad presencial.
La instalación de micrófonos en el trabajo está regulada por leyes en México que protegen la privacidad de los empleados.
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